Dudas con el DNU: ¿Se puede circular sin RTO y el seguro?

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Gentileza C7.

A partir del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) anunciado este miércoles por el presidente Javier Milei se generaron dudas sobre la posibilidad de circular sin la Revisión Técnica Vehicular (RTO) y la póliza de seguro.

En relación a esto, las autoridades aclararon que lo que determinó el DNU es que no es necesario presentar estos documentos a las autoridades provinciales y municipales en un control.

Sin embargo, se informó que ningún artículo de Ley Nacional de Tránsito N°22.449 y sus modificatorias fue derogado. Cabe mencionar que la misma establece la obligatoriedad de que el vehículo cuente con la Revisión Técnica Vehicular (RTO) aprobada y la póliza de seguro vigente.

simismo, esto fue ratificado y explicitado en la resolución 534-2023 de la Superintendencia de Seguros de la Nación.

Por otro lado, los únicos documentos que pueden ser exigibles para transitar son «la cédula, la licencia de conducir y el comprobante de pago de patente».

También se advirtió que estos no podrán ser retenidos a menos que sea «mediante una orden de autoridad o denuncia de hurto o robo».

En una entrevista con medios radiales, Fabián Codón, titular de RTO de la Patagonia, defendió la exigencia de este documento para circular.

Afirmó que sin él lo que se genera es que «quienes circulen no tengan ninguna protección contra terceros» y en caso de accidentes no haya «un responsable». En ese sentido, expresó que «la gente siempre vio la RTO como una imposición, pero nosotros como una prevención vial».

«Hay cosas que tenés que regularlas porque no podés arriesgar a que suba la tasa de accidentes y de mortalidad por accidentes en el país», afirmó y mencionó que desde que la RTO se hizo obligatoria «se ha reducido un 70% la tasa de accidentes».