Se promulgó la ley que devuelve 15% del IVA a jubilados

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Buenos Aires.- A través del decreto 771/2016, publicado en el Boletín Oficial, se promulgo la ley N° 27.253 que devuelve 15 por ciento del IVA a jubilados y que alcanza también a beneficiarios de planes sociales.

Además se aplica a compras de productos de consumo masivo en comercios de venta minorista con tarjeta de débito.

De acuerdo al texto aprobado por el Congreso, “la magnitud del reintegro no podrá ser inferior a 15% del monto de las operaciones (…), en tanto no supere el monto máximo que establezca el Poder Ejecutivo Nacional en función al costo de la canasta básica de alimentos”.

En ese marco, “hasta tanto el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) no publique la canasta básica de alimentos”, el monto máximo será de $ 300 por mes y por beneficiario.

Ese tope, añade la ley en su articulado, deberá ser modificado “en función a la variación de la canasta básica de alimentos, en los meses de julio y enero de cada año, a partir del mes de enero de 2017, o de la entrada en vigencia del presente título, lo que resulte posterior”.

La devolución parcial del IVA abarca a jubilados y pensionados que cobren la mínima, beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo y Asignación por Embarazo, y quienes perciban pensiones no contributivas nacionales en una suma mensual que no exceda del haber mínimo.