sábado 20 abril 2024
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La temporada turística inicia el 1 de diciembre ¿Cuáles serán los requisitos para viajar?

Neuquén.- Hoy se conoció la resolución provincial que establece las condiciones de ingreso a las localidades turísticas para ciudadanos con domicilio de la provincia, de otras provincias y extranjeros a partir del 1 de diciembre hasta el 30 de abril de 2021 inclusive.

Los turistas con domicilio en la provincia del Neuquén deberán gestionar el correspondiente Certificado Único Habilitante para Circulación que reviste el carácter de declaración jurada, a través de la aplicación «CuidAR»; y realizar en la misma el autodiagnóstico de síntomas compatibles con Covid-19.

También se deberá exhibir, cuando le sea requerido, el DNI que acredite datos filiatorios y domicilio real en la provincia del Neuquén. Y acreditar nombre y comprobante de reserva del alojamiento turístico habilitado de destino e itinerario.

Cumplir con los controles de documentación y de bioseguridad que aplique cada jurisdicción provincial y/o municipal, en los diferentes destinos turísticos y/o en las rutas o caminos nacionales o provinciales.

Los turistas con domicilio fuera de la provincia del Neuquén, argentinos o extranjeros, también deberán gestionar el correspondiente Certificado Único Habilitante para Circulación.

De igual manera deberán acreditar nombre y comprobante de reserva del alojamiento turístico habilitado de destino e itinerario.

Los turistas no neuquinos mayores de 60 años y de grupos de riesgo deberán presentar póliza de seguro de viajero Covid-19, el cual debe incluir para el caso de contagio o manifestación de la enfermedad durante la estadía, la cobertura de alojamiento y alimentación por 14 días; atención médica y gastos de traslado a la ciudad de origen, tanto para el paciente como para sus contactos estrechos.

La resolución establece también que las disposiciones contenidas en esta norma podrán ser modificadas o suspendidas, en forma total o parcial, por la autoridad de aplicación de la emergencia sanitaria provincial en caso de evolución epidemiológica negativa.

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