Neuquén.- En Argentina el voto es obligatorio. Todas las personas mayores de 18 y menores de 70 años que se encuentren a menos de 500 kilómetros de su lugar de votación deben presentarse a votar.
Si no lo hacen y no justifican su ausencia, quedan registradas en el Registro de Infractores al Deber de Votar y pueden enfrentar sanciones económicas y administrativas.
¿Cuáles son las multas por no votar?
El artículo 125 del Código Electoral Nacional establece multas que varían según la cantidad de veces que el ciudadano haya incumplido:
- Primera infracción: $50
- Segunda infracción: $100
- Tercera infracción: $200
- Cuarta infracción: $400
- Quinta o más infracciones: $500
La sanción se aplica a quienes no justifiquen su ausencia dentro de los 60 días posteriores a la elección.
Cómo justificar o pagar la multa
Los ciudadanos pueden justificar su inasistencia o pagar la multa a través de la web de la Cámara Nacional Electoral (CNE). El pago puede realizarse:
- Con medios digitales
- En sucursales del Banco Nación
- En efectivo, Mercado Pago o transferencia bancaria


