Elecciones Provinciales 2015: preguntas frecuentes

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¿Qué se vota en las elecciones del 26 de abril?

La elección es de carácter obligatorio y se eligen las siguientes categorías: gobernador y vicegobernador; diputados provinciales (35 titulares y 18 suplentes); intendentes y concejales de municipios de 1º; 2º y 3º categorías.

Cabe aclarar que las comunas de 1ª categoría que adhirieron al decreto de convocatoria a elecciones provinciales son Centenario: que elige este mes intendente, 9 concejales titulares y 9 concejales suplentes; San Martín de los Andes: vota intendente, 11 concejales titulares y 6 suplentes; Junín de los Andes: elige intendente y vice-intendente, 7 concejales titulares y 7 suplentes; y San Patricio del Chañar: elegirá intendente y vice-intendente, 7 concejales titulares y 7 suplentes.

Las municipalidades de 2ª categoría deberán votar para intendentes, 7 concejales titulares y 7 suplentes. Se trata de Aluminé, Andacollo, Añelo, Buta Ranquil, Las Lajas, Loncopué, Mariano Moreno, Picún Leufú, Piedra del Águila, Senillosa, Vista Alegre y Villa El Chocón.

Las Comisiones Municipales –comúnmente denominados municipios de 3ª categoría-, el próximo 26 de abril elegirán cada una 5 miembros titulares y 5 miembros suplentes. Ellas son: Bajada del Agrio, Barrancas, Caviahue-Copahue, El Cholar, El Huecú, Huinganco, Las Coloradas, Las Ovejas, Los Miches, Taquimilán, Tricao Malal y Villa Pehuenia.

En tanto, las 21 Comisiones de Fomento votarán para elegir un presidente titular (jefe comunal) y un presidente suplente, y son: Aguada San Roque, Covunco Abajo, Coyuco-Cochico, Chorriaca, El Sauce, Guañacos, Los Catutos, Los Chihuidos, Manzano Amargo, Octavio Pico, Paso Aguerre, Pilo Lil, Quili Malal, Ramón Castro, Santo Tomás, Sauzal Bonito, Varvarco-Invernada Vieja, Villa Curi Leuvú, Villa del Nahueve, Villa del Puente Picún Leufú y Villa Traful.

Consejeros Escolares

La Constitución provincial también prevé que en los comicios provinciales del próximo domingo se vote para elegir 3 consejeros escolares titulares y 2 suplentes para cada uno de los Consejos Escolares correspondientes a los siguientes distritos:

Distrito Escolar N° 1: Ejido municipal de Neuquén Capital.

Distrito Escolar N° 2: Ejido municipal de Cutral Co, Plaza Huincul, Picún Leufú y Piedra del Águila.

Distrito Escolar N° 3: Ejido municipal de Zapala, Mariano Moreno, Bajada del Agrio y Las Coloradas.

Distrito Escolar N° 4: Ejido municipal de Junín de Los Andes y Aluminé.

Distrito Escolar N° 5: Ejido municipal de Chos Malal, Buta Ranquil, El Cholar, Andacollo, Huinganco, Las Ovejas, Tricao Malal, Barrancas, Los Miches y Taquimilán.

Distrito Escolar N° 6: Ejido municipal de Centenario, San Patricio del Chañar, Rincón de Los Sauces, Añelo y Vista Alegre.

Distrito Escolar N° 7: Ejido municipal de Loncopué, El Huecú; Las Lajas y Caviahue-Copahue.

Distrito Escolar N° 8: Ejido municipal de Neuquén Capital.

Distrito Escolar N° 9: Ejido municipal de San Martin de Los Andes y Villa la Angostura.

Distrito Escolar N° 10: Ejido municipal de Plottier, Senillosa y Villa El Chocón.

¿Quiénes pueden votar?

Los ciudadanos argentinos que tenga 16 y 17 años cumplidos a la fecha de la elección, y los mayores de 75 años de edad lo podrán hacer en forma optativa. Los que tengan entre 18 y 75 años de edad deberán votar obligatoriamente. En ambos casos deberán tener domicilio en la provincia de Neuquén y figurar en los padrones electorales.

Los extranjeros mayores de edad participan sólo en las categorías municipales y consejeros escolares. Aquellos que no figuren en el padrón electoral deberán realizar el trámite correspondiente en el juzgado electoral federal, sito en Santa Fe y Ministro González de la ciudad de Neuquén.

Luego de la elección se habilitará una página dentro del poder judicial donde figurará el listado de infractores.

¿Cuándo y dónde se vota? ¿Dónde se puede consultar?

La elección se llevará a cabo el 26 de abril de 8 a 18. La consulta de los padrones y los lugares de votación se puede realizar en municipalidades, el Correo Argentino, los Juzgados de Paz o a través de la página web del Poder Judicial: www.jusneuquen.gov.ar

El aumento en la cantidad de electores puede generar cambios en los lugares de votación de una elección a otra. Lo correcto es consultar nuevamente para evitar problemas el día de la elección en cualquiera de las opciones disponibles.

¿Con qué documento se vota?

El elector puede votar con el documento que figura en el padrón o con una versión posterior. Los documentos habilitados son: Libreta De Enrolamiento, Libreta Cívica, DNI Tapa Celeste o DNI Tarjeta.

¿Cómo se justifica la inasistencia a la votación? ¿Cuál es el trámite?
Deberán presentarse dentro de los 30 días posteriores a la elección en la Secretaría Electoral con la certificación correspondiente para realizar el trámite.

Hay dos causales previstas por la legislación: encontrarse a más de 100 kilómetros del lugar de los comicios, para lo cual se debe presentar certificado de autoridad competente o libreta de estudios universitarios; y estar enfermo o imposibilitado de trasladares, en cuyo caso se deberá presentar certificado médico emitido por el sistema público de Salud.

¿Qué se debe hacer si se encuentra fuera del país al momento de la votación?
Al regresar, se debe presentar en el Juzgado Electoral (Elordi 412) con el pasaporte para acreditar que estaba fuera del país.

Sistema de registro del voto (stiker)

La autoridad de mesa no sellará ni firmará su DNI luego de haber sufragado. En su lugar, la Junta Electoral Provincial ha resuelto la entrega de un stiker que contiene el número de documento de la persona que vota y un código de barras que podrá ser guardado o pegado al DNI.

El elector deberá conservar el stiker que se le entrega hasta la publicación del Registro de Infractores. Una vez que esto suceda, se pueden dar tres situaciones: la primera es que si no figura en el listado queda sin efecto el comprobante y puede tirarlo; otras es que si figura en el listado de infractores tiene que presentarse ante la Secretaría Electoral para justificar su inasistencia. Si tiene documentación proceda como lo indicado en el punto anterior. Si no posee dicha documentación deberá descargar el formulario correspondiente de la página web del Poder Judicial, pagar la multa en el banco y entregar el comprobante en la Secretaría Electoral. Luego de efectuar este procedimiento, se eliminará el nombre del registro.

La tercera posibilidad es que si perdió el comprobante y está en el listado, la Justicia Electoral deberá acceder al padrón de mesa para comprobar su voto.

La multa a pagar es de 1 JUS (si es la primera vez) y de 2 JUS (si es reincidente). Los valores actualizados del JUS se encuentran en la página oficial del Poder Judicial del Neuquén: www.jusneuquen.gov.ar

¿Puedo negarme a ser autoridad de mesa?

La designación de autoridad de mesa es carga pública, por lo tanto es irrenunciable, salvo por causa de fuerza mayor debidamente comprobada y acreditada con anterioridad al día de la elección.

¿En qué condiciones debo encontrar el cuarto oscuro?

El cuarto oscuro debe preservar la intimidad del elector para garantizar el secreto del voto. Habrá una mesa con la totalidad de boletas oficializadas, las que estarán dispuestas en orden ascendente por número de lista y de izquierda a derecha.

¿Qué debo hacer si no está la boleta del candidato que quiero votar?

Se debe salir del cuarto oscuro y avisar a las autoridades de mesa que faltan boletas, sin identificar a ninguna agrupación política.

¿Se puede cortar boleta?

Sí. Las boletas están separadas por categoría a elegir y al finalizar poseen línea punteada para facilitar el corte.

¿Dónde denunciar alguna irregularidad en los comicios?

A la autoridad de mesa o a alguna autoridad judicial.