La Justicia falló a favor de una mujer que sufrió la difusión de videos sexuales en redes sociales

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Neuquén.- El juez de Familia, Luciano Speroni, ordenó a dos empresas de mensajería digital la supresión de videos íntimos publicados sin consentimiento y su resguardo a fin de investigar a los responsables de su difusión. La medida fue adoptada ante la demanda que hizo la joven afectada.

En su presentación, la mujer denunció a dos hombres como los responsables de la distribución de las imágenes. Con uno de ellos había mantenido una relación tiempo antes.

En comunicación con La Red Neuquén, el juez detalló: «La mujer fue contactada en noviembre de 2024 a través de una red social por una persona que le informó que existían videos suyos de contenido sexual compartidos en un grupo de Telegram».

«Se contactó con la persona que los había grabado, quien reconoció haberlos compartido. A partir de allí comenzó el proceso legal», manifestó.

En este sentido, Speroni destacó la importancia «de que la víctima denuncie este tipo de delitos, porque desde la Justicia se puede accionar contra las personas responsables».

A su vez, recordó que en Argentina esta en vigencia la Ley Olimpia que incorpora la violencia contra mujeres en entornos digitales a la Ley 26.485 como una modalidad de violencia de género.

«Si bien es posible no conseguir una pena de prisión o reparación económica, si se puede lograr que cese la difusión del material en cuestión», cerró el juez.

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