Se amplían las opciones para elección de nombres y apellidos

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Neuquén.- A partir del 1 de agosto, con la entrada en vigencia del nuevo Código Civil, será liberado el registro de nombres y la única limitante para su elección será que no sean términos humillantes para el recién nacido. También dejará de tener prioridad la colocación del apellido paterno en primer lugar y los progenitores podrán decidir el orden de los mismos, con la utilización de sólo uno o de los dos.

El director provincial de Registro Civil y Capacidad de las Personas, Santiago Núñez, explicó que “con el Código que rige actualmente, y que lo hará hasta el 31 de julio, dice que si él o los progenitores deciden poner un nombre considerado extravagante o extraño, deben solicitar a la dirección provincial de Registro Civil una autorización para que habilite a colocar una denominación que no sea normal o habitual”.

Respecto al orden del apellido, este viernes será el último día en que se colocará el paterno de manera prioritaria y acompañado opcionalmente por el de la madre. “Los padres podrán decidir el orden de los apellidos, que lleve sólo el de la madre, el del padre o los dos. Será una libre disponibilidad”, detalló y agregó que la única limitante que plantea el nuevo Código en este aspecto, es que el apellido designado al primer hijo en una relación de matrimonio, se repita en los demás descendientes para evitar confusiones.

Cabe recordar que en la provincia de Neuquén hubo un caso pionero en el que una pareja presentó un amparo y la justicia le reconoció el derecho de invertir el orden de los apellidos para designar el materno en primer lugar.

“Desde agosto esta petición se tramitará sencillamente en el Registro pero, en caso de que los padres no se pongan de acuerdo con el orden, se hará un sorteo con los oficiales públicos del Registro y será la suerte la que defina”, agregó.

Por otro lado, desde el Consejo Federal de Registro Civil se estableció que en caso de no manifestarse el reconocimiento paternal del recién nacido, se mantendrá el apellido materno y se cambiará sólo en caso de que ambos progenitores realicen el reconocimiento posterior. Esto dejará sin efecto lo que ocurre en la actualidad cuando años más tarde un padre ausente regresa al vínculo y se dispone el cambio automático del apellido.