La Legislatura de Neuquén aprobó la ley de Ficha Limpia, que impide que personas con condenas judiciales puedan postularse a cargos electivos o ser designadas como funcionarios públicos. La iniciativa, impulsada por el oficialismo, obtuvo el respaldo de la mayoría del cuerpo legislativo.
El proyecto enviado por el gobernador Rolando Figueroa fue aprobado en general este miércoles, tras haber recibido despacho favorable de la Comisión de Asuntos Constitucionales. La norma fue sancionada con 28 votos a favor y 5 en contra, provenientes de los bloques de Unión por la Patria y la izquierda.
Alcances de la ley
El artículo primero de la nueva ley establece la implementación del «Instituto de Ficha Limpia» en la provincia. Su objetivo es impedir que personas con determinados antecedentes judiciales puedan postularse a cargos electivos o ser designadas en el Gabinete Provincial, en cargos políticos del Gobierno, en el Consejo de la Magistratura, el Tribunal de Cuentas, la magistratura judicial, los ministerios públicos y en diversas secretarías, subsecretarías y direcciones municipales.
Para ello, se modificó el artículo 68 del Código Electoral de Neuquén (Ley 3053), estableciendo que no podrán ser candidatos quienes tengan resoluciones judiciales restrictivas de su libertad. Esta inhabilitación cesará en caso de recuperarla. Además, quedarán excluidos los condenados por delitos dolosos comunes o federales cuando la sentencia haya sido confirmada en segunda instancia o consentida sin recurso de impugnación.
Delitos incluidos
Tampoco podrán postularse quienes hayan sido condenados por:
- Tráfico de estupefacientes, con sentencia confirmada en segunda instancia o consentida.
- Delitos del Régimen Penal Tributario (Ley nacional 27.430), bajo las mismas condiciones.
- Deuda con el fisco, mientras no sea saldada.
- Deuda alimentaria en condición de moroso.
- Inscripción en el Registro Provincial de Violencia Familiar y de Género.
- Inhabilitaciones resultantes de juicio político o procesos constitucionales.
- Beneficio de suspensión de juicio a prueba por delitos dolosos o contra la administración pública, excepto delitos culposos y lesiones leves.
La inhabilitación será de carácter perpetuo, salvo que la sentencia sea revocada.
Aplicación a funcionarios públicos
Quienes sean candidatos deberán presentar una declaración jurada que certifique que no se encuentran en ninguna de las causales de inhabilitación. La Justicia Electoral será responsable de verificar estos antecedentes mediante los certificados de Libre Deuda Alimentaria, Registro Provincial de Violencia Familiar y de Género, y Antecedentes Penales provinciales y nacionales.
Si un candidato electo incurre en alguna de las inhabilitaciones posteriores a su elección, la Junta Electoral no podrá proclamarlo.
Las mismas condiciones rigen para el nombramiento de ministros, secretarios, subsecretarios, presidentes de entes, vocales, coordinadores, directores provinciales, contador general, tesorero de la Provincia, fiscal de Estado y otras autoridades equivalentes en los tres poderes del Estado.
Invitación a los municipios
El artículo seis de la norma invita a los municipios de primera categoría a adherir a la ley y aplicar sus disposiciones en el ámbito local.