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Estafa con planes sociales: Tribunal de Impugnación reconoció el delito de asociación ilícita

Neuquén.– Un Tribunal de Impugnación (T.I) avaló el pedido conjunto del Ministerio Público Fiscal (MPF) y la Fiscalía de Estado, y condenó a las 12 personas que fueron juzgadas por el delito de asociación ilícita.

La decisión del T.I fue a instancias de un recurso presentado por el fiscal jefe Pablo Vignaroli y el fiscal del caso Juan Narváez, en conjunto con la Fiscalía de Estado. Se efectuó porque el tribunal de juicio, integrado por los jueces Juan Guaita, Luciano Hermosilla y Juan Manuel Kees -y de manera unánime-, condenó a las 12 personas acusadas por el delito de administración fraudulenta agravada por haber sido cometida en perjuicio de la administración pública, descartando el delito de asociación Ilícita.

Las doce personas declaradas penalmente responsables por el tribunal de juicio por las estafas con planes sociales cometidas entre septiembre de 2020 y julio de 2022, fueron Abel Di Luca, exministro de Desarrollo Social; Tomás Siengentharler, excoordinador de Administración; y Ricardo Soiza, ex director general de Planes Sociales, condenados a 5 años de prisión efectiva.

Ese tribunal fijó penas de prisión efectiva para Néstor Pablo Sanz, a quien le impuso 4 años y 6 meses; Marcos Osuna, 4 años; y Luis María Gallo, Julieta Mariana Oviedo y Alfredo Cury, con 3 años y 6 meses. Finalmente, Laura Carolina Resnik, Isabel Natalia Montoya, Valeria Noemí Honorio y Emanuel Rodolfo Victoria Contreras fueron condenados a 3 años de prisión condicional.

Además, se dispuso la inhabilitación especial perpetua para ocupar cargos públicos, las accesorias legales correspondientes y el pago de las costas del proceso. No hicieron lugar a los decomisos de bienes de los imputados, en tanto que no se probó que hayan sido adquiridos con el dinero de las defraudaciones, pero se advirtió que podrán ser reclamados en los procesos que, en otro fuero, lleva adelante la Fiscalía de Estado.

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