Un juez federal del juzgado de Campana, provincia de Buenos Aires, declaró inválido el veto presidencial a la Ley de Emergencia en Discapacidad, tras un amparo presentado por padres de niños con autismo. La decisión judicial prioriza los derechos de los niños con discapacidad sobre cualquier ajuste económico.
El juez Adrián González Charvay señaló que “el derecho a la salud, educación y rehabilitación de niños con discapacidad debe prevalecer frente a restricciones presupuestarias”. La sentencia remarca que los afectados se encuentran en situación de múltiple vulnerabilidad y que sus derechos requieren protección especial, conforme al artículo 75, inciso 23, de la Constitución Nacional.
La decisión surge luego de un amparo presentado por padres de dos menores, quienes destacaron la necesidad de garantizar que las personas con discapacidad alcancen y mantengan la máxima independencia física, mental, social y vocacional, así como la inclusión plena en todos los ámbitos de la vida.
El fallo también subraya que la decisión del Ejecutivo “viola obligaciones internacionales de derechos humanos” al mantener el desfinanciamiento del Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral a favor de las personas con discapacidad.
González Charvay advirtió que el veto presidencial provocaba un “deterioro progresivo de servicios y prestaciones a la salud que afecta a personas en situación de vulnerabilidad”. Además, recordó la opinión consultiva de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que reconoce el derecho autónomo al cuidado, con especial énfasis en menores, adultos mayores y personas con discapacidad.
La Ley de Emergencia en Discapacidad declaraba la emergencia hasta el 31 de diciembre de 2027 y reforzaba las pensiones no contributivas por invalidez, elevándolas al 70% del haber mínimo jubilatorio. También establecía que estas pensiones serían compatibles con empleos formales, siempre que los ingresos no superen dos salarios mínimos.
El veto presidencial, mediante el Decreto 534/2025, fue justificado por el gobierno de Javier Milei alegando un gasto adicional de más de 7 billones de pesos en 2025 y cerca de 17 billones en 2026, sin fuentes de financiamiento suficientes ni cálculos actuariales que garantizaran su viabilidad económica.
La sentencia habilita la vigencia automática de la Ley 27.793, que incluye compensaciones arancelarias y actualización de prestaciones. Sin embargo, el gobierno aún puede apelar ante la Cámara Federal de San Martín.
La decisión judicial generó reacciones inmediatas de distintos sectores de la sociedad civil, que celebraron la medida como “una victoria de los derechos sobre el ajuste”. También se convocaron movilizaciones, entre ellas la promovida por Gustavo Santaolalla frente al Congreso, para exigir el respeto a los derechos de las personas con discapacidad.