jueves 28 marzo 2024
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Promueven proyecto de ley para prevenir y sancionar el acoso sexual en espacios públicos

Neuquén.-Diputados del bloque Frente y la Participación Neuquina-UNE presentaron un proyecto de ley que tiene por objeto prevenir y sancionar el acoso sexual, verbal o físico en espacios públicos que hostiguen, maltraten o intimiden la dignidad, libertad, libre tránsito o integridad física o moral de niños, niñas, adolescentes y mujeres. El estatuto fue entregado por Mariano Mansilla y Teresa Rioseco.

La iniciativa cuenta con antecedentes de una ley sancionada en Perú y otra aprobada en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Se considera que el acoso callejero es una de las tantas formas en las que se expresa y esconde la violencia machista a las que están sometidas diariamente las mujeres. Actuará como autoridad de aplicación la Subsecretaría de las Mujeres, dependiente del Ministerio de Ciudadanía.

La norma consta de tres capítulos y nueve artículos; el primer capítulo comprende el objeto y definición de la conducta que se pretende desarraigar de nuestra vida social; el segundo habla de la ‘prevención’ y se conforma un comité multidisciplinario e interinstitucional para el desarrollo de ‘Campañas de Prevención del Acoso Sexual en Espacios Públicos’ y, por último, en el capítulo tercero se establece una modificación del artículo 53 del Código Contravencional de Neuquén (813/1962) incorporando precisiones acerca de conductas específicas del acoso callejero, así como también sus respectivas sanciones y agravantes.

En cuanto a la modificación del Código Contravencional de Neuquén se establece que “será reprimido con multa equivalente de uno a seis JUS o siete días de trabajo de utilidad pública a aquel que molestare en la vía pública; además se le obligará a tomar un curso sobre Derechos e Igualdad de Género. La pena se duplicará en caso de que las conductas se realizaran en forma grupal, de noche o en lugares aislados aprovechando la indefensión de la víctima o cuando la misma fuere menor de edad”. Lo mismo pasará en los casos en que exista contacto físico. Para personas que desempeñen cargos públicos la pena será una multa de diez JUS  o veinte días de trabajo de utilidad pública y, en el caso de cargos electivos, se podrá iniciar juicio político o de revocatoria de mandato.

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