viernes 19 abril 2024
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Empresa de telefonía celular deberá resarcir a una clienta por mandarle publicidades

Cipolletti.- La jueza de Paz de Cipolletti, Gabriela Lapuente, fallo en una causa de daños punitivos en el que una clienta de telefonía celular estaba inscripta en el registro nacional “No Llame” pero seguía recibiendo publicidades y ofertas que no eran de su interés. La suma de dinero deberá ser afrontada por la empresa Telefónica Móviles Argentina S.A (Movistar).

El registro nacional «No Llame» fue creado por la Ley 26.951 y brinda la opción de limitar las llamadas de publicidad que recibís en tu teléfono. Una vez que el número está Registró, quienes publiciten, oferten, vendan o regalen bienes o servicios tienen hasta 30 días para dejar de contactarte.

“Con relación al grado de intencionalidad, merece destacarse la indiferencia con que actúa la empresa que continúa enviando publicidad y ofertas de servicios ajenos al objeto del contrato a quienes se encuentran inscriptos en un Registro” detalla el documento. Lapuente fijó una multa de 10.000 pesos en concepto de daño punitivo de la cual deberá hacerse cargo Movistar.

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