El Gobierno nacional reglamentó la Ley de Indemnización a las víctimas del atentado a la AMIA

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Buenos Aires.- Hoy se presenta la reglamentación parcial de la norma 27.139, en el Boletín Oficial, sancionada el 29 de abril de este año por el Congreso de la Nación, a través del decreto 1823/2015.

En su artículo 1°, la ley establece que “tendrán derecho a percibir, por única vez, un beneficio extraordinario a través de sus herederos o derechohabientes o por sí, según el caso, las personas que hubiesen fallecido o sufrido lesiones graves o gravísimas en ocasión del atentado perpetrado a la sede de la Asociación Mutual Israelita Argentina (Amia), sita en la calle Pasteur 633, ocurrido el 18 de julio de 1994, hayan o no iniciado juicio por daños y perjuicios contra el Estado Nacional”.

Asimismo, el artículo 4° dispone que el Ministerio de Justicia será la autoridad de aplicación de ésta, y que las solicitudes para acogerse al beneficio «deberán efectuarse, bajo apercibimiento de caducidad, dentro de los 180 de la fecha de entrada en vigencia de la presente reglamentación”.

El monto a pagar es equivalente a la remuneración mensual de los agentes Nivel A, Grado 0, del Escalafón del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), multiplicado por 100.

Por el atentado a la AMIA, que dejó 85 muertos y más de 300 heridos, se desarrolla actualmente en los tribunales de Comodoro Py el juicio por encubrimiento de la investigación.